Estatutos de Bulma (IV y V)


Capítulos IV y V de los estatutos de Bulma: “Órganos unipersonales” y “Relaciones con otras asociaciones”.

Capítulo 4º. Órganos unipersonales
Artículo 4.1. El Presidente
Al Presidente corresponde:

  • La representación legal y oficial de la Asociación,ante toda clase de autoridades, organismos y particulares, tribunales de justicia, personas naturales y jurídicas.
  • Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Permanente, Junta Directiva y Asamblea General.
  • Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión Permanente, Junta Directiva y Asamblea General.
  • Velar por el exacto cumplimiento de los estatutos.
  • Autorizar con su firma las actas, certificaciones y demás documentos oficiales de la Asociación, y que normalmente expedirá el Secretario.
  • En el caso de empate en votaciones de acuerdos de las Juntas, ejercerá el derecho de Voto de Calidad.
  • Evaluar periódicamente el trabajo realizado por sus colaboradores y por la Asociación.
  • Artículo 4.2. El Vicepresidente
    El Vicepresidente tendrá como función la sustitución temporal del Presidente en los casos de ausencia obligada de éste, enfermedad o dimisión.

    Además podrá actuar por delegación expresa del Presidente en aquellas funciones que éste le asigne y sean de su competencia.

    Artículo 4.3. El Secretario
    El Secretario tendrá a su cargo el funcionamiento administrativo de la Asociación. Su misión será:

  • Tener bajo su responsabilidad el Archivo y custodia de todos los documentos y sellos de la Asociación.

    b) Redactará las actas de las reuniones y asambleas, asistiendo al Presidente durante las mismas.

  • Redactará la Memoria Anual y las actas de la Asociación.
  • Llevará al día un registro de entradas y salidas de correspondencia y un fichero con los nombres y datos de los socios, recibiendo y tramitando las solicitudes de las altas y bajas de socios.
  • Citar a los socios para las reuniones que se convoquen, según corresponda al tipo de reunión.
  • Artículo 4.4. El Tesorero
    El Tesorero tendrá bajo su responsabilidad el funcionamiento económico de
    la Asociación, y lo ejecutará:

  • Teniendo bajo su custodia todos los fondos de la Asociación.
  • Interviniendo con su firma todos los documentos de cobros y pagos con el conforme del Presidente.
  • Llevando un libro de Estado de Cuentas, con las indicaciones de ingresos, gastos, saldos y concepto y el inventario de los bienes materiales de la Asociación si los hubiere.
  • Levantando anualmente un Estado de Cuentas que se presentará al visto bueno del Presidente, además de cada vez que se requiera.
  • Teniendo firma en la cuenta bancaria de la Asociación.
  • Llevando al corriente el pago de las cuotas de los socios.
  • Redactando los presupuestos, los estados de cuentas y los balances.
  • Realizando cualquier otra función propia de su cargo.
  • Artículo 4.5. Los Vocales
    Los Vocales se considerarán en la Junta Directiva, representantes de los intereses de los asociados, por lo que tendrán voz y voto en las mismas.

    CAPÍTULO 5º. Relaciones con otras asociaciones
    Artículo 5.1.
    La Junta Directiva podrá acordar:

  • La absorcíon de otras entidades de fines similares.
  • La aprobación de los acuerdos que liguen a la Asociación con las llamadas Asociaciones Vinculadas o la anulación de dichos acuerdos.
  • Artículo 5.2
    Los acuerdos descritos en el artículos 5.1, serán adoptados siempre por mayoría de tres cuartos, del total de miembros de la Junta Directiva, y las asociaciones afectadas podrán ser de ámbito local, estatal o internacional siempre que mantengan la existencia de la Asociación, y sólo de ámbito local si el acuerdo es de absorción.

    Anterior (Cap. III)
    Siguiente (Caps. VI, VII y VIII)

    Este post ha sido traido de forma automatica desde https://web.archive.org/web/20140625063149/http:/bulma.net/body.phtml?nIdNoticia=119 por un robot nigromante, si crees que puede mejorarse, por favor, contactanos.


    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.